Acceso a la universidad para el alumnado de Bachillerato anterior a la LOMCE
NUEVO ACCESO A LA UNIVERSIDAD:
El 23 de diciembre de 2016 entró en vigor la nueva Orden ECD/1941/2016, por la que se la que se regula definitivamente la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, en el presente curso 2016/2017. ENLACE A LA ORDEN.
EXCEPCIÓN PARA LOS QUE CURSARON BACHILLERATO ANTERIOR:
Entre otras instrucciones el Ministerio introduce una Disposición transitoria única titulada: Acceso a la Universidad para el alumnado que inició los estudios de Bachillerato conforme al sistema educativo anterior, que dice así:
En el curso 2016-2017, y en función de lo dispuesto por las administraciones educativas, el alumnado que se incorpore a un curso de Bachillerato del sistema educativo definido por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, con materias no superadas de Bachillerato del currículo anterior a su implantación y curse dichas materias según el currículo del sistema educativo anterior, no necesitará superar la evaluación de Bachillerato regulada en la presente orden para acceder a los estudios universitarios oficiales de grado.
Se aplicará el mismo criterio al alumnado que obtuvo el título de Bachiller en el curso 2015-2016 y no accedió a la Universidad al finalizar dicho curso. En ambos casos, y cuando este alumnado no se presente a la prueba, la calificación para el acceso a estudios universitarios oficiales de grado será la calificación final obtenida en Bachillerato.
ALUMNADO QUE TITULE 2º DE BACH CON MATERIAS CURSADAS DEL CURRÍCULUM ANTERIOR:
Aquellos alumnos/as que están repitiendo 2º de bachillerato y que iniciaron sus estudios de bachiller con la ley anterior a la LOMCE contarán con esta ventaja excepcional. Si titulan este año, cursando materias pendientes del bachillerato antiguo, podrán acceder a los grados universitarios sin tener que realizar la prueba de acceso a la universidad. Para estos casos se tendrá en cuenta solamente la nota media de las calificaciones de bachillerato.
ALUMNADO QUE TITULÓ EN EL 15/16 Y QUE NO SUPERÓ LA PAU:
Lo mismo ocurrirá para los que hayan obtenido el título de bachillerato en el curso pasado (2015/2016) y no superaron la PAU. Para este curso podrán acceder a un grado universitario sin tener que superar ninguna prueba más, sólo con su nota media de bachillerato.
MEDIDAS PROVISIONALES Y TRANSITORIAS:
La razón de esta excepción es que, con la implantación del nuevo currículo de la Lomce este año en el segundo curso, los estudiantes del modelo anterior se verían obligados a hacer una prueba con asignaturas y temarios que no han estudiado.
Hay que tener en cuenta que estas excepciones sólo estarán vigentes para el acceso a la universidad en este curso 2016/2017. Puede que para el próximo curso ya no sea posible contar con esta "exención" de la prueba.
A la espera de un Pacto de Estado social y político por la educación que regule definitivamente el tránsito a la educación superior, nos espera una época de cambios constantes y excepciones transitorias, que en esta ocasión suponen una justa ventaja para aquellos alumnos que se quedaron atrapados por un vacío normativo, como los que titulan a caballo de las dos leyes, LOE y LOMCE.
ALUMNADO QUE CURSA BACHILLERATO LOMCE:
Esta prueba será obligatoria para acceder a la universidad para el alumnado que titule y que haya completado los dos cursos según el nuevo currículum de la LOMCE.
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